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Área de igualdad para empresas

Igualdad real, cumplimiento normativo y acompañamiento experto.

Ayudamos a empresas de cualquier tamaño a cumplir sus obligaciones en igualdad retributiva, prevención del acoso y no discriminación, y a implantar medidas que funcionen en la práctica.

✓ Asesoramiento especializado✓ Documentación adaptada✓ Implantación y seguimiento
Servicios

Una visión completa de las obligaciones de igualdad

No tratamos cada documento como una pieza aislada. Analizamos la realidad de la organización, elaboramos la documentación necesaria y acompañamos en la negociación, implantación, registro y seguimiento cuando corresponde.

01

Registro retributivo

Obligatorio para todas las empresas. Elaboración de medias y medianas de salarios, complementos y percepciones extrasalariales, desagregadas por sexo y conforme a la clasificación aplicable.

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02

Planes de igualdad

Diagnóstico, negociación, objetivos, medidas, calendario, indicadores, seguimiento y apoyo en la inscripción del plan en el registro público correspondiente.

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03

Auditoría retributiva y VPT

Análisis del sistema salarial y valoración de puestos de trabajo con criterios objetivos para detectar y corregir desigualdades en trabajos de igual valor.

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04

Prevención del acoso

Protocolos y procedimientos frente al acoso sexual y por razón de sexo, incluyendo conductas producidas en entornos digitales, con medidas preventivas y cauces de actuación.

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05

Medidas LGTBI

Para empresas de más de 50 personas trabajadoras: conjunto planificado de medidas y protocolo de actuación frente al acoso y la violencia contra las personas LGTBI.

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06

Seguimiento y actualización

Revisión periódica de registros, planes, medidas y protocolos para que la documentación siga reflejando la plantilla, la estructura salarial y la realidad organizativa.

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Registro retributivo

Transparencia salarial para todas las empresas

El registro retributivo debe abarcar a toda la plantilla, incluyendo personal directivo y altos cargos, con independencia del tamaño de la empresa. Su finalidad es ofrecer una imagen fiel y actualizada de la estructura retributiva y facilitar la detección de posibles diferencias.

  • Salario base, complementos salariales y percepciones extrasalariales.
  • Media aritmética y mediana de lo realmente percibido.
  • Datos desagregados por sexo y agrupados según la clasificación profesional aplicable.
  • Actualización, con carácter general, cuando existan cambios sustanciales en los elementos del registro.
Plan de igualdad

De la obligación formal a un plan aplicable

Las empresas de 50 o más personas trabajadoras deben elaborar y aplicar un plan de igualdad. También puede resultar obligatorio por convenio colectivo o como consecuencia de un procedimiento sancionador.

El trabajo incluye el diagnóstico negociado, la definición de objetivos y medidas, un calendario, recursos, indicadores y un sistema de seguimiento y evaluación. Los planes, sean obligatorios o voluntarios, deben inscribirse en el registro público correspondiente.

DiagnósticoNegociaciónMedidasIndicadoresRegistroSeguimiento
Auditoría retributiva

Analizar si el sistema salarial cumple el principio de igual retribución por trabajo de igual valor

Las empresas que elaboran un plan de igualdad deben incluir los resultados de la auditoría retributiva. Esta evaluación analiza la situación salarial y los factores que pueden explicar diferencias, apoyándose en una valoración objetiva de los puestos de trabajo.

  • Valoración de puestos con factores objetivos y relevantes.
  • Agrupación de trabajos de igual valor.
  • Análisis de brechas y posibles causas.
  • Definición de actuaciones correctoras cuando sean necesarias.
Retribución A
Retribución B
Complementos
Extrasalarial
Representación visual orientativa
Prevención del acoso

Procedimientos claros, conocidos y utilizables

Las empresas deben promover condiciones de trabajo que eviten conductas contra la libertad sexual y la integridad moral, con especial atención al acoso sexual y al acoso por razón de sexo, también cuando se produzca en el ámbito digital.

El protocolo debe definir medidas preventivas, vías de comunicación, principios de actuación, garantías de confidencialidad y un procedimiento de respuesta adecuado a la organización.

1PrevenciónPolíticas, sensibilización y formación.
2ComunicaciónCauces claros y accesibles.
3ActuaciónProcedimiento con garantías.
4SeguimientoMedidas y revisión periódica.
Igualdad y no discriminación LGTBI

Nuevas obligaciones ya plenamente aplicables

Las empresas con más de 50 personas trabajadoras deben contar con un conjunto planificado de medidas y recursos para alcanzar la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI. El desarrollo reglamentario establece también un protocolo de actuación frente al acoso y la violencia.

  • Cláusulas de igualdad de trato y no discriminación.
  • Acceso al empleo, promoción y clasificación profesional.
  • Formación, sensibilización y lenguaje respetuoso.
  • Entornos laborales diversos, seguros e inclusivos.
  • Protocolo frente al acoso y la violencia contra personas LGTBI.
¿Por dónde empezar?

Revisamos la situación de tu empresa y te indicamos qué necesitas.

Partimos del tamaño de la plantilla, las medidas ya implantadas y las obligaciones aplicables para definir un itinerario claro y proporcionado.

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Analizamos tu caso y te orientamos sobre registro retributivo, plan de igualdad, auditoría salarial, protocolos y medidas LGTBI.